El Líder indígena Nasa Feliciano Valencia fue absuelto de toda culpabilidad luego de que la corte declarara nulo el proceso en su contra.
La Justicia Propia de los pueblos ancestrales se basa en los valores y principios culturales propios de cada etnia y regulan la vida en la comunidad y en el territorio.
En desarrollo de la Constitución Política de 1991, la Ley 270 de 1996, Estatutaria de la Administración de Justicia, incorpora los jueces de paz y la jurisdicción de las comunidades indígenas en la estructura general de la Administración de Justicia, como integrantes de la Rama Judicial.
Así que cuando de manera colectiva el 16 de octubre de 2008 la comunidad Nasa en cabeza de Feliciano Valencia se reunió para tratar el tema del Cabo del ejercito Jairo Danilo Chaparral, infiltrado en las mingas, «poderosa práctica de unión ancestral» de resistencia contra el gobierno de Álvaro Uribe Vélez por el incumplimiento de los pactos hechos con los indígenas.
Cumpliendo con los derechos, se dio aviso a la Defensoría del Pueblo pero el militar rechazó intermediación alguna. De acuerdo con las costumbres ancestrales se le dio la oportunidad de hablar y ofrecer excusas a la comunidad, pero el militar se negó a hacerlo, por lo que la comunidad procedió según sus usos y costumbres a una limpieza espiritual consistente en 20 fuetazos para luego soltarlo.
Por estos hechos, la justicia ordinaria juzgó a los Nasa, no de manera colectiva y sí a nombre propio, condenando a Feliciano Valencia a 18 años de cárcel por secuestro y lesiones a un soldado. Pero la contundencia de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia Sentencia un importante precedente con la absolución de Feliciano, pues este actuó en ejercicio de su autoridad indígena
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