Alivios tributarios y no tributarios para deudores, disponibles hasta el 15 de diciembre.

Secretaria de Hacienda Bogotá

Alivios tributarios a morosos. Hacienda Bogotá

La Administración distrital invita a los bogotanos a no dejar pasar esta oportunidad para ponerse al día en sus obligaciones.

Los recibos de pago para los morosos ya se encuentran disponibles en los liquidadores de la página de la Secretaría de Hacienda.

Hasta el próximo miércoles 15 de diciembre, los deudores de obligaciones tributarias y no tributarias en mora en Bogotá tendrán plazo para acceder a los beneficios que ofrece la Administración, para contrarrestar el efecto económico negativo provocado por la pandemia del COVID-19 en la ciudad. Es decir, ya quedan menos de siete semanas para llegar a esa fecha límite.

Los alivios favorecen a una población superior a 800 mil ciudadanos, con 1,2 millones de deudas por concepto de obligaciones tributarias y no tributarias, y hacen parte fundamental del acuerdo de Rescate Social y Económico aprobado por el Concejo de Bogotá a finales de agosto de este año.

El denominado Acuerdo 816, en concreto, incluye beneficios para las obligaciones que se constituyeron en mora durante el período comprendido entre el 12 de marzo de 2020 –fecha en la que el país declaró la emergencia sanitaria por la pandemia del COVID 19- y el 27 de agosto de 2021, cuando la alcaldesa Claudia López sancionó el Acuerdo.

“El objetivo es proteger los ingresos de los deudores del Distrito Capital, aliviando sus cargas económicas asumidas durante los primeros 17 meses de pandemia, con descuentos en multas, sanciones y/o intereses, que nos permitan darles a esos bogotanos un impulso adicional en sus actividades, siempre y cuando cumplan con el pago de la obligación a más tardar el 15 de diciembre de 2021”, reitera el secretario Distrital de Hacienda, Juan Mauricio Ramírez.

La Administración distrital se anticipó así en la búsqueda de soluciones para atender necesidades apremiantes de la población, a través de los siguientes beneficios que son parte del Acuerdo:

Principales obligaciones a las que aplican beneficios del Acuerdo 816 de 2021

Tributarias* Predial 2020 y 2021.
* Vehículos 2020.ICA 2020,
* Períodos del 1 al 6; e ICA 2021, períodos 1 y 2.
* Reteica 2020, períodos del 1 al 6; y Reteica 2021, períodos del 1 al 3.

No Tributarias* Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana.
* Contravención Urbana.
* Requisitos establecimientos de comercio.
* Costas Procesales y sentencias judiciales.
* Disciplinarios.
* Normas Ambientales.
* Reintegros.
* Vigilancia proyectos de construcción.
* Incapacidades y licencias laborales.
* Comparendos y Tasas ambientales.

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